Documentación e Información sobre licencias ubanísticas

Con la entrada en vigor del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, y en aplicación de la normativa europea y estatal en la materia, el régimen jurídico de las licencias urbanísticas en Andalucía se ha visto modificado sustancialmente, sustituyendo parcialmente las licencias urbanísticas por declaraciones responsables o comunicaciones previas, mediante la incorporación de un nuevo artículo 169 bis a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.Sin duda, la expansión actual de las dos técnicas mencionadas abre un panorama relativamente nuevo, y en cierta medida desconocido, al menos en este sector, dada la escasez de práctica y de reglas jurídicas que las ordenan. No obstante, su aplicación es desigual y presenta mayores dificultades en los municipios de menor población, por el peso tradicional de la clásica figura de las licencias que ha eclipsado estas nuevas técnicas de intervención.Esta circunstancia unida al hecho de que la normativa básica de aplicación es insuficiente para ofrecer seguridad jurídica a los operadores, aconseja la confección de una Guía con un propósito y valor meramente orientativo, que sirva como marco de referencia para delimitar el ámbito de aplicación y efectos de los supuestos en los que se ha suprimido la obligación de un acto previo administrativo que permita llevar a cabo una actuación urbanística; que desglose las actuaciones declaradas o comunicadas; la documentación a incorporar a aquellas y disipe las potenciales dudas e incertidumbres que se plantean en orden a su aplicación práctica.

Además adjuntamos para su descarga y utilización la documentación necesaria para los trámites y las relaciones con este ayuntamiento. Se adjuntan hojas informativas con que trámites requieres esta modalidad, que documentacińo adjuntar y los modelos de declaración actuales. 

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